La Región
Caso Laguna Corazón
En 2001, la familia Marinkovic comenzó el trámite de titulación de 12.481 hectáreas de tierras, ubicadas en la provincia Guarayos de Santa Cruz. Demandaban la propiedad de los predios Santa Teresita, San Gerardo, Laguna Corazón y Soledad. Tres años más tarde, el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) anuló los dos primeros expedientes y reconoció los otros dos.
Ese mismo año, 2004, la institución gubernamental emitió una resolución de adjudicación simple por 10.349 hectáreas. Pero en 2006 esos avances de saneamiento fueron frenados, cuando el INRA y el Viceministerio de Tierras sometieron el caso a una investigación, porque encontraron “indicios de graves irregularidades en la evaluación técnica-jurídica, levantamiento de fichas catastrales y verificación de la Función Económico-Social (FES)”.
Como consecuencia se anularon obrados y se decidió volver a levantar información técnica y jurídica. Durante 2007 se acató esa decisión y en 2011 se anuló todo lo observado por segunda vez.
Entre ese año y 2019, la familia Marinkovic interpuso recursos de Amparo Constitucional y solicitó una tutela de las tierras ante la Sala Constitucional Segunda de Santa Cruz. Su argumento era que se vulneró sus derechos. El 13 de junio del año pasado, la mencionada Sala no solo falló a favor de los demandantes, sino que, “sobrepasando sus atribuciones”, ordenó al INRA la emisión de una Resolución Final de Saneamiento.
El 17 de julio de este año, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia Constitucional 0116/2020-S4, donde ratifica la tutela otorgada y dispone que el INRA emita una nueva resolución.
El 21 de octubre, solo tres meses después, la entonces presidenta Jeanine Añez Chávez, firmó la Resolución Suprema 26916, que ordena la emisión del Título Ejecutorial del predio “Laguna Corazón” a favor de la familia Marinkovic. El documento también está firmado por la entonces ministra de Desarrollo Rural y Tierras, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.
Ocho días después, el 29 de octubre, el INRA emitió el Título Ejecutorial Individual Nº MPENAL000 6144 en favor de la Empresa Agropecuaria Laguna Corazón de la familia Marinkovic. Esto ocurrió a tan solo seis días hábiles entre la Resolución Suprema y la emisión del título. Lo que para la Fundación Tierra indica que “existieron procedimientos que se pasaron por alto”, como la “Notificación por Edicto de Prensa” de la cancelación de partidas anuladas, la “Notificación de la resolución a la ABT (Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra), que debió hacerse debido a la sobreposición a la Reserva Guarayos y, sobre todo, se incumplió el plazo de 30 días para posibles impugnaciones.
“Quizá la prueba más fehaciente de uno de los peores casos de tráfico de tierras es que la familia Marinkovic originalmente pedía la titulación de 12.481 hectáreas y el INRA tituló exactamente eso: 12.481 hectáreas, ni un metro menos, ni un metro más”, refiere la Fundación Tierra.
Caso Tierras Bajas del Norte
En 1998, la familia Marinkovic solicitó la titulación de 21.839 hectáreas del predio Tierras Bajas del Norte, en la provincia Chiquitos de Santa Cruz. Luego de realizar trabajos de campo, el INRA anuló el trámite agrario porque detectó que los documentos con que la parte interesada intentaba demostrar su derecho propietario, estaban firmados por Miguel Toledo Hurtado, quien fungió como Juez Agrario sin serlo, por tanto, “había actuación dolosa y el supuesto juez no tenía competencia legal”.
Pese a ello, el 22 de septiembre de 2015, el INRA adjudicó cinco mil hectáreas. Consecutivamente, el 17 de junio de 2016, el Tribunal Agroambiental falló a favor de la familia Marinkovic en una demanda administrativa contenciosa, que interpuso ante la decisión del INRA de 2015. Este fallo del Tribunal Agroambiental que respalda el pedido de Marinkovic de titular mucho más de cinco mil hectáreas, que es el límite constitucional para las tierras, fue firmado por el Magistrado de Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón, la Magistrada de Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, y la Magistrada de Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
Acto seguido, el 7 de octubre de 2019, el INRA actuando en consonancia con el fallo del Tribunal Agroambiental de 2016, concluyó con el proceso de subsanación de las observaciones y recomendó la emisión de una nueva resolución administrativa con los mismos resultados de 2015: titular a lo mucho cinco mil hectáreas.
Este año, el 18 de marzo, el Viceministerio de Tierras liderado por Gustavo Terrazas Moscoso, emitió un informe legal, desconociendo el último trabajo del INRA e instruyendo que esta instancia proceda al cumplimiento de la Sentencia Agroambiental 44/2016.
El 15 de septiembre, el INRA emitió la resolución administrativa 143/2020, supuestamente acatando lo dispuesto por el Viceministerio de Tierras, donde modifica los resultados del trabajo del INRA y favorece el reconocimiento de la superficie total del predio Las Tierras Bajas del Norte. Las justificaciones no reconocen los vicios de nulidad absoluta en todo el proceso y el INRA señala que solo estaría acatando las decisiones del Tribunal Agroambiental.
La mencionada resolución consolida el derecho propietario sobre 21.839 hectáreas a favor de la familia Marinkovic. Las modificaciones dejaron sin efecto la obligación económica que tenía la parte interesada con el Estado boliviano.
Así, el 27 de octubre de 2020, once días antes de la conclusión del gobierno de Jeanine Añez, el INRA emitió el Título Ejecutorial Individual MPENAL 0006124 en favor de la familia Marinkovic o, lo que es lo mismo, la Empresa Agropecuaria Laguna Corazón. Esta titulación ocurre dos días antes de la titulación del otro predio Laguna Corazón. Al igual que el caso anterior, la prueba indiscutible de tráfico de tierras está en que la familia Marinkovic originalmente pedía la titulación de 21.838 hectáreas y el INRA tituló exactamente eso: 21.838 hectáreas, ni un metro menos, ni un metro más.
Con información de la Fundación Tierra. Ver texto original aquí.