El Beni posee grandes reservas naturales de bosques y sabanas (llanuras), además de enormes reservas de agua dulce en los sitios Ramsar, grandes humedales que albergan una gran biodiversidad de flora y fauna silvestre. Su principal actividad económica es la ganadería bovina y le sigue la agricultura tradicional, que implican deforestación y quemas; pero también está la industria forestal maderable y no maderable, y últimamente la agroindustria del arroz a gran escala en ciertas regiones del departamento.
En las extensas sabanas naturales (pampas) donde se desarrolla la ganadería extensiva desde tiempos remotos, se practica la renovación de la cobertura vegetal estacional (no apto para el consumo del ganado) a través de la práctica de la quema. Sin embargo, esta actividad, se realiza incumpliendo la normativa nacional vigente estipulada en la Ley de Uso y Manejo Racional de Quemas, en cuyo Artículo 1 se establece objetivo. a) Definir los lineamientos de la política de manejo integral del fuego en el territorio nacional, b) Establecer el régimen de sanciones administrativas por quemas sin autorización; y, c) Establecer con carácter excepcional un período de regularización en el pago de deudas y multas por quemas sin autorización.
Al incumplir todo aquello, se viola la citada ley. Quienes quieren hacer quema de sus campos deberían de programar e identificar el lugar donde va a realizar esta actividad. Sin embargo, en la actualidad observamos una gran humareda en la capital beniana en perjuicio de la población, niños, jóvenes y adultos con enfermedades respiratorias y otras.
Tal parece que nadie realiza un cronograma de quemas, provocando incendios cuantiosos en perjuicio de la flora y fauna silvestre. En lo que corresponde al departamento beniano, estamos sufriendo la quema del monte de la reserva del Iténez, con cuantiosas pérdidas y daños en su mayoría irreversibles, además de afectar los sembradíos anuales y perennes de los campesinos, única fuente de ingresos económicos para sus familias.
Otro sector bastante dañado por efectos de las cuantiosas quemas, es la fauna acuática, cuya pérdida es mayor en peces pequeños que mueren por efecto de las cenizas que se disuelven en el agua (legía) con las primeras lluvias. Esto se escurre a los cuerpos de agua (lagunas y ríos) ocasionando daños irreversibles en las agallas y su sistema respiratorio, lo cual deriva en muerte por la descomposición masiva. La mayoría de las veces, esto provoca un desequilibrio en la dinámica ecológica, ya estas pequeñas especies son el alimento de los peces ictiófagos (los que se alimentan de otros peces).
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Se debe realizar una agresiva socialización a través de los diferentes medios de comunicación social, charlas de orientación en los estudiantes desde el nivel primario y secundario para sembrar en semilla fértil la conciencia de conservar nuestros ecosistemas, llegando a todos los pobladores del departamento con la intervención de los municipios, corregimientos, subgobernaciones, agrupaciones sociales para que conozcan y se apliquen estas normativas a través de las leyes.
Entre las normas a dar a conocer tenemos: Ley 1700 Forestal y su reglamento, ley 1171 de Uso y manejo racional de quemas que en sus Artículos: 3°. – Manejo integral del fuego. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, como responsable del sector, está a cargo de la elaboración de la política de manejo integral del fuego, debiendo tomar en cuenta las siguientes líneas de acción:
- Promover el buen uso y manejo integral de fuego a través de la quema planificada y controlada.
- Rehabilitación de ecosistemas afectados por incendios forestales.
- Prevención y atención de incendios forestales.
- Sustitución gradual del uso del fuego.
- Monitoreo y seguimiento.
- Promover la participación, el control social y la corresponsabilidad de los actores individuales y colectivos en la regulación del fuego.
En su Artículo 4°. – Priorización,La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra – ABT, es la entidad encargada de autorizar y fiscalizar las quemas. La entidad debe priorizar áreas de intervención para mejorar la gestión del manejo integral, planificado y controlado del uso del fuego, considerando su recurrencia y las características de cada región.
Y como corresponde, en el Artículo 6°. – Cooperación interinstitucional, La ABT puede firmar convenios interinstitucionales de cooperación con otras instancias del Estado que tengan presencia en el territorio nacional a fin de facilitar las denuncias, el registro o la otorgación de autorizaciones por quemas.
Esta Falta de Socialización y capacitación a estudiantes y población en general, hace que se desconozca en su totalidad la existencia de leyes, lo que da lugar a las quemas indiscriminadas.
Esta falta de coordinación entre estamentos del Estado a nivel de los Gobiernos Municipales, Gobernación y Ministerios, no permite elaborar políticas de prevención, precautelando los recursos naturales que son propiedad de todos los bolivianos. Es muy importante que podamos elaborar un proyecto de educación ambiental en todos los niveles de la población, lo que nos llevará a una prevención y conservación de nuestros recursos naturales.
* Federico Moreno Aulo es director del Centro de Investigación de Recursos Acuáticos de la Universidad Autónoma del Beni José Ballivián. CIRA-UAB JB.
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