lunes, septiembre 28, 2026
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La Ley 042 contra la minería en Viacha no se aplica porque el alcalde no presenta el reglamento a un año de su promulgación

La norma instruye el cierre de las operaciones mineras y la revocatoria de las licencias de funcionamiento, pero un año después de su promulgación aún no se aplica. El periodista buscó al alcalde Jenrry Patzi desde agosto para conocer las razones del retraso, pero no obtuvo respuesta. Según el exasambleísta departamental Israel Alanoca, el incumplimiento de la ley podría derivar en procesos penales.

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Piscina de lixiviación de una de las recicladoras de minera en Viacha que fueron clausuradas por la AJAM. En recuadro el alcalde Jenrry Patzi. Foto: AJAM / GAMV
Piscina de lixiviación de una de las recicladoras de minera en Viacha que fueron clausuradas por la AJAM. En recuadro el alcalde Jenrry Patzi. Foto: AJAM / GAMV

Carlos Quisbert

La Ley 042, que declara a Viacha como un municipio libre de la actividad minera y la contaminación, no se aplica pese a que fue promulgada hace un año. De acuerdo con los concejales, esto se debe a que el alcalde, Jenrry Patzi, aún no presentó la reglamentación.

“Como presidente de la Comisión de Medioambiente, consultamos al Ejecutivo municipal y nos respondió que están en la reglamentación. Para que se aplique la Ley 042, eso falta”, informó el concejal Francisco Aruquipa.

Viacha es la tercera ciudad más poblada del departamento de La Paz, con 113.526 habitantes, según el último censo. En este municipio, la Comisión de Medioambiente estuvo acéfala durante más de tres meses. La presidenta del Concejo Municipal, Gladys Lozano, explicó que la demora también se debe a que Aruquipa fue designado recién en la primera semana de agosto. Por ello, no fue posible fiscalizar ni hacer seguimiento a este tema.

Aruquipa y Lozano afirmaron que no recibieron informes sobre el trabajo realizado durante la anterior gestión municipal, tanto por el alcalde como por los concejales.

El tema cobra relevancia luego de que el Ministerio de Salud emitió un nuevo informe, el 14 de septiembre, en el que confirmó que el agua de tres pozos de la comunidad Seque Jahuira y de dos piletas de Contorno Bajo está contaminada con cianuro y plomo. Los hallazgos de este tipo se registran desde 2024 en diferentes sectores del municipio.

Los técnicos recomendaron no consumir el agua de estas fuentes para evitar enfermedades cuyos síntomas podrían manifestarse recién en 10 años. La directora municipal de Salud, Rita Arteaga, explicó que la población “está expuesta” a la contaminación, pero remarcó que los estudios realizados por el Ministerio de Salud también confirman que, hasta ahora, no se conocen casos de personas con enfermedades atribuibles a este factor.

Arteaga también aclaró que los acuíferos y las piletas contaminadas con plomo y cianuro de las comunidades Seque Jahuira y Contorno Bajo no forman parte de las fuentes de agua que abastecen al área urbana de Viacha, donde se concentra la mayor parte de la población. Es decir, las fuentes contaminadas no abastecen a la ciudad, pero la contaminación afecta a los acuíferos de las comunidades, en especial de Mamani, donde aún no se realizaron pruebas.

Una de las inspecciones en la comunidad Contorno Bajo en donde se tomó muestras de agua de una pileta. Foto: Defensoría del Pueblo
Una de las inspecciones en la comunidad Contorno Bajo en donde se tomó muestras de agua de una pileta. Foto: Defensoría del Pueblo

En Viacha se registró la presencia de 26 empresas dedicadas al reciclaje de minerales que llegan desde otros departamentos y municipios. De acuerdo con datos oficiales, solo 10 de estas empresas cuentan con licencias ambientales y de funcionamiento; las demás operan de forma ilegal y se resisten a ser clausuradas.

En ese contexto, el 17 de septiembre de 2025, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), y no el Gobierno Municipal de Viacha, dispuso la suspensión de actividades de 20 empresas. No obstante, dirigentes de tres comunidades denuncian que las recicladoras continúan operando a puertas cerradas.

Para conocer la versión oficial, el periodista solicitó una entrevista con el alcalde Patzi desde el 28 de agosto, pero hasta la fecha no obtuvo respuesta. El sábado, un mensaje de texto enviado por su personal de apoyo anunció que atendería las consultas el lunes; sin embargo, tampoco respondió.

Incumplimiento de deberes

Sobre el incumplimiento de la Ley 042, el abogado y exasambleísta departamental de La Paz, Israel Alanoca, explicó que el texto de la norma, que tiene un solo artículo y cinco parágrafos, no establece la necesidad de una reglamentación. Por ello, según su interpretación, la ley debió ejecutarse desde su promulgación en 2025.

“La reglamentación es necesaria para leyes genéricas, pero la Ley 042 cita objetivos específicos y no establece la elaboración de un reglamento. Por otro lado, la redacción de una reglamentación es atribución del Ejecutivo municipal”, manifestó Alanoca en entrevista con este medio.

El abogado señaló que las autoridades del municipio de Viacha deben revisar sus obligaciones como fiscalizadores, ya que, en este caso, podrían ser pasibles de procesos penales por incumplimiento de deberes. Según Alanoca, tanto el anterior alcalde, Napoleón Yahuasi, como el actual burgomaestre podrían ser remitidos ante la justicia ordinaria por incumplir la Ley 042, que establece plazos y objetivos definidos.

Personal del Gobierno Municipal de Viacha durante una inspección a una recicladora de minerales, frente a una piscina de lixiviación. Foto: GAMV.
Personal del Gobierno Municipal de Viacha durante una inspección a una recicladora de minerales, frente a una piscina de lixiviación. Foto: GAMV.

La Ley 042 fue promulgada el 1 de septiembre de 2025 por el entonces alcalde de Viacha, Napoleón Yahuasi. Él firmó la norma en medio de los reclamos de organizaciones originarias campesinas, que cuestionaron su inacción ante los reportes de derrames de cianuro que contaminaron acuíferos utilizados por tres empresas de reciclaje de minerales.

Se debe precisar que Viacha no es un municipio minero, sino que las empresas traen el material desde otros distritos.

El concejal Calixto Alanoca informó que, luego de la promulgación de la Ley 042, Francisco Mayta, en representación legal de la Asociación de Procesadoras Metalúrgicas de Viacha (Apromev), presentó un amparo constitucional para impedir su aplicación. Los mineros argumentaron que la norma vulneraba su derecho al trabajo.

Sin embargo, en octubre de 2025, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Resolución 0606/2025, mediante la cual rechazó la petición de las empresas recicladoras y estableció la prevalencia del derecho a la vida y la salud de los comunarios. En ese sentido, Alanoca explicó que no existe una acción legal que impida aplicar la ley.

Representantes de empresas mineras de Viacha durante una de las reuniones que sostuvieron con el entonces alcalde, Napoleón Yahuasi, en 2025. Foto: GAMV.
Representantes de empresas mineras de Viacha durante una de las reuniones que sostuvieron con el entonces alcalde, Napoleón Yahuasi, en 2025. Foto: GAMV.

10 años de denuncias

El activista Oscar Olivera, uno de los protagonistas de la denominada Guerra del Agua de Cochabamba, en 2000, y actual representante de la Fundación Abril, realiza seguimiento a la problemática en Viacha. Olivera explicó que, entre las organizaciones campesinas que promueven la lucha contra la contaminación minera en Viacha, está el Organismo de Gestión de Cuenca (OGC) de la Microcuenca del río Pallina, presidido por Juan Pablo Yujra.

Esta organización agrupa a nueve de las comunidades más afectadas por la contaminación en ese municipio. El problema ambiental no solo es causado por la actividad minera ilegal, sino también por los desechos y la basura que arrastran los ríos Seque y Seco desde la ciudad de El Alto hasta el río Pallina, además de la actividad de empresas de cemento, ladrillo y cerámica que cubren de polvo las áreas de pastoreo y cultivo.

La OGC Pallina lleva 10 años recorriendo ministerios, oficinas de la Gobernación y la Asamblea Legislativa en busca de atención al problema que, según Yujra, provocó que parte de la población abandone sus tierras debido a la muerte de animales y la degradación de sus cultivos.

Una comunaria que pidió no dar su nombre relató a este medio que abandonó la comunidad Mamani luego de la muerte de su madre, a quien recuerda deprimida por la muerte de su ganado y afectada por un ardor insoportable en los ojos que le impedía salir de su cuarto.

La agonía de su madre se extendió durante unos 15 años, recuerda la comunaria, quien contó que tanto ella como sus animales consumían el agua de un pozo que limpiaba junto con sus hermanos. Sin embargo, el agua siempre salía “como si le hubieran tirado sarro”.

“Cerca a la casa de mi mamá hay dos ladrilleras y dos mineras, Bolsa Negra y Bolívar, de ahí venía el agua con ese color”, afirmó Callisaya, quien ahora vive en la ciudad de El Alto.

Miriam Condori, vecina de la comunidad Challajahuira, aseguró que hace unos 15 años las plantas de alfalfa de su terreno crecían hasta un metro con 20 centímetros, se mantenían verdes y servían como forraje para sus animales durante todo el año. Ahora, en cambio, apenas alcanzan los 30 centímetros y, después de un tiempo, comienzan a encogerse, con las hojas cubiertas por una película de polvo gris.

La comunaria Miriam Condori muestra cómo el polvo generado por las ladrilleras y la planta de cemento cubre los tallos de la alfalfa en Challajahuira. Foto: Carlos Quisbert.
La comunaria Miriam Condori muestra cómo el polvo generado por las ladrilleras y la planta de cemento cubre los tallos de la alfalfa en Challajahuira. Foto: Carlos Quisbert.

Clausura, mitigación y licencias

¿Pero qué dice la Ley 042?

La norma tiene un solo artículo con cinco parágrafos. El primero establece que el objetivo es declarar al municipio de Viacha territorio libre de contaminación y preservar el derecho de su población a vivir “en un medioambiente limpio y saludable”.

En el segundo parágrafo se indica que, “para el cumplimiento inmediato”, se debe conminar al cierre de las empresas mineras y asumir acciones de mitigación, en coordinación con los diferentes niveles de Gobierno.

En el tercer punto se instruye que, el día de la promulgación, las autoridades municipales debían presentar acciones de cumplimiento constitucional. No se tienen datos sobre dicha representación.

El cuarto parágrafo retoma la instrucción sobre la mitigación de todo tipo de contaminación, pero establece la obligación de las autoridades municipales de tomar acciones judiciales “para la reparación y resarcimiento de daños ocasionados a las comunidades afectadas”, cita el texto.

Por último, el quinto parágrafo dispone “el inicio de revocatoria de todas las licencias de funcionamiento de las actividades mineras que se encuentran asentadas en la jurisdicción” y establece que el Ejecutivo municipal debe solicitar la revocatoria de autorizaciones ante los diferentes niveles de gobierno para las actividades mineras.

Funcionarios de la Alcaldía de Viacha durante la clausura de una empresa minera que operaba de forma ilegal en el municipio. Foto: GAMV.
Funcionarios de la Alcaldía de Viacha durante la clausura de una empresa minera que operaba de forma ilegal en el municipio. Foto: GAMV.
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