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La Región

Un colectivo de organizaciones ciudadanas de La Paz y Santa Cruz, e indígenas de la Chiquitania presentarán este jueves a la Asamblea Legislativa un proyecto de Ley (descargar)  y un Decreto Supremo (descargar) para abrogar normas que permiten la ampliación de áreas de cultivo así como de la frontera agrícola. Esto para prevenir incendios forestales de magnitud, como los ocurridos entre agosto y octubre de 2019.

En una nota de prensa, Miguel Vargas, director del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (Cejis), dijo que dichas normas son contrarias a lo establecido por la Constitución Política del Estado. Esto en relación al derecho de la ciudadanía a vivir en un medio ambiente sano, así como a los territorios y derechos de las naciones y pueblos indígenas que fueron “altamente impactados” luego de la aplicación de seis normas aprobadas por el anterior gobierno nacional.

“Ambas propuestas (de abrogación) son el resultado de un amplio debate y trabajo conjunto entre las organizaciones de los pueblos indígenas de la Chiquitania, que fueron afectados de manera directa con los incendios el 2019”, informó Leonardo Tamburini miembro del Colectivo Árbol de Santa Cruz.

Según datos de la Fundación Amigos de la Naturaleza (FAN), entre agosto y la segunda semana de septiembre, 4,1 millones de hectáreas de la superficie nacional fueron afectadas por los incendios, de las cuales 1,4 corresponden a áreas de bosques. Asimismo, alrededor de tres millones (74,5%) corresponden a Santa Cruz, y 879.441 hectáreas a Beni; mientras que 27 territorios indígenas entre Chiquitanos, Ayoreos, Guarayos, Cayubaba, Baures, Sirionó y Araona fueron afectados, según información del Cejis, el Centro de Planificación Territorial Autonómica y Oré.

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¿Qué leyes son las que se cuestionan? *

Foto: Steffen Heinzelmann – GTCCJ Bolivia

En 2016, a través de la Ley 786, el entonces Gobierno de Evo Morales aprobó el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2016-2020, cuya meta es aumentar el área de cultivo, de 3,5 a 4,7 millones de hectáreas.

Así también, entre 2013 y 2015, se promulgó un paquete normativo con el objetivo de apoyar la producción de alimentos y la restitución de bosques. Con ese fin, la Ley 337, de 19 de diciembre de 2013, exceptuó de las sanciones determinadas de manera expresa en la Ley Forestal 1700 a quienes hubiesen “desmontado, quemado o chaqueado en áreas forestales” entre 1996 y 2011.

La norma fue sustituida por una sanción administrativa única y la sumisión a un programa de producción de alimentos y restitución de bosques, sin posibilidades reales de control y fiscalización en campo por parte de la autoridad competente, la ABT (Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras), ni los municipios donde estas infracciones se cometieron. Dicha norma tuvo dos prórrogas con las leyes 502, de 16 de febrero de 2014, y la Ley 739, de 29 de septiembre de 2015. Dicha política constituyó la creación de una “cultura de impunidad”, que facilitó el desastre ambiental que sufrió el país durante la gestión 2019.

Como parte de las políticas de incentivo a la producción, el 29 de septiembre de 2015 se promulgó la Ley 741, que autorizó los chaqueos y las quemas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias. Dicha norma permitió la realización de dicha actividad hasta en 20 hectáreas por familia en Tierras de Producción Forestal Permanente (TPFP), sin realizar Planes de Ordenamiento Predial (POP) ni pagar por la madera aprovechada proveniente de los desmontes.

La Ley 1098 de 15 de septiembre de 2018 permite la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de aditivos de origen vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de insumos y aditivos, y diésel oíl, con el objetivo de “precautelar la seguridad alimentaria y energética con soberanía”. Sin embargo, con la entrada en vigencia de esta norma y la aprobación del Decreto Supremo 3874, que autoriza al Comité de Nacional de Bioseguridad el establecimiento de procedimientos abreviados para la evaluación de la Soya evento HB4 y Soya evento Intacta, destinados a la producción de Aditivos de Origen Vegetal – Biodiesel, se abre la “legalidad” para desbosques indiscriminados.

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Decretos que se observan *

El Decreto Supremo 3874, de 16 de abril de 2016, permite la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de aditivos de origen vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de insumos y aditivos, y diésel oíl, con el declarado objetivo de precautelar la seguridad alimentaria y energética con soberanía. A su vez, se autoriza al Comité de Nacional de Bioseguridad a través de procedimientos abreviados la evaluación de la Soya evento HB4 y Soya evento Intacta, destinados a la producción de Aditivos de Origen Vegetal – Biodiesel, lo que posibilita un desbosque indiscriminado en la región de la Chiquitania, el Chaco y la Amazonia del país. Se estima que la aplicación de estas normas generará la deforestación de más 250 mil hectáreas de Tierras Forestales para la sustitución de la cobertura boscosa e implantación con este tipo de cultivos. Situación que pone en peligro la sostenibilidad y el futuro de los territorios indígenas, áreas protegidas y parques naturales.

Por otro lado, el Decreto Supremo 3973, del 9 de julio de 2019, modificó el Artículo 5 del Decreto Supremo 26075 de 16 de febrero 2001, con el que se amplía la frontera agrícola del departamento de Beni en Tierras de Producción Forestal Permanente (TPFP), en una extension aproximada de 1,2 millones de hectáreas. El citado artículo restringía los desmontes en Tierras Forestales solamente al departamento de Santa Cruz, cuando así lo dispusiera el Plan de Uso de Suelo (PLUS) y previa aprobación de un Plan de Ordenamiento Predial. Sin embargo, la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) de Beni modificó el PLUS, levantando las restricciones ambientales que existían anteriormente. Como consecuencia, hubo quemas tanto en el Sur como en el Norte Amazónico que pusieron en riesgo a más de 19 Tierras Comunitarias de Origen (TCO´s) pertenecientes a los pueblos indígenas cabineño, chacobo, pacahuara, tacana, araona, yaminahua, machinery, chiman, itonama, baures, moré, joaquiniano, movima, cayubaba, canichana, mojeño y mojeño ignaciano.

*Con datos tomados de los proyectos presentados.


Retrato de los animales víctimas de incendios